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Contundente  victoria de Nicaragua en la  HAYA – Por: Adolfo Pastrán Arancibia.

La Corte Internacional de Justicia en La Haya, Holanda, emitió esta madrugada (2:00 AM) su sentencia sobre la demanda interpuesta por Nicaragua contra Colombia por no acatar, ni cumplir la misma sentencia del máximo tribunal del 2012 que han afectado nuestros intereses nacionales y soberanía nacional. Determinaron que Colombia ha violado los derechos de Nicaragua en su zona económica exclusiva y ha tratado de ejercer derechos sobre estos territorios marítimos de Nicaragua.

La CIJ ha considerado que Colombia ha autorizado pesca en territorios que le corresponden a Nicaragua. Determinaron que las autorizaciones colombianas a embarcaciones pesqueras tuvieron el involucramiento de fragatas de Colombia en áreas marítimas que le corresponden a Nicaragua.

Determinaron que Colombia ha violado la soberanía de Nicaragua y ha autorizado la pesca en territorios que le corresponden a Nicaragua. Colombia no ha respetado el derecho de Nicaragua en su zona económica exclusiva y ha tratado de ejercer e imponer y autorizar actividades de pesca cuando no le corresponde. Le exigen a Colombia respetar la soberanía y derechos económicos exclusivos de Nicaragua. La Corte señala que la conducta de Colombia va en contravía de artículos internacionales y violó los derechos de Nicaragua en su zona exclusiva económica y marítima, tratando de ejercer control sobre los ejercicios de conservación. Colombia sigue autorizando pesca en parte de la zona económica exclusiva de Nicaragua, en particular en la zona de Luna verde. La Corte dice que se confirma que Colombia autorizó pesca en zonas nicaragüenses, violando así los derechos de ese país. La demanda de Nicaragua es admisible. Colombia tiene derecho a establecer una zona contigua en San Andrés. Sin embargo, se evaluará sus alcances y los poderes del país en dicho territorio, debido a que se sobreponen con los de Nicaragua. La Corte concluye que Colombia debe respetar la soberanía de Nicaragua y, conforme a las leyes internacionales, tiene que remediar las violaciones en las cuales incurrió.

La Corte señaló que Colombia presentó once pruebas para demostrar la pesca artesanal de los raizales en zona exclusiva económica de Nicaragua; sin embargo, estas no demuestran los periodos de tiempo ni que esta población estuviese ubicada en áreas que ahora son nicaragüenses. Además, la Corte manifestó que el presidente Daniel Ortega ha reconocido que hay que defender los derechos de los raizales para seguir pescando en esas zonas, pero no ve que Nicaragua haya reconocido el derecho de pescar a los raizales colombianos sin autorización. La contra demanda de Colombia contra Nicaragua fue rechazada y se reconoce la voluntad de Nicaragua de un acuerdo para permitir la pesca de los raizales en su zona económica exclusiva y sugiere lograr un acuerdo entre las partes.

La Corte concluye que Colombia no logró probar que los raizales tienen derechos de pesca en la zona económica exclusiva de Nicaragua. De esta manera, la Corte desechó la contrademanda. Además, señaló que hay voluntad de Nicaragua para negociar estas zonas con Colombia, por lo que solicitó una negociación bilateral entre las dos partes. Se estableció, también, que los raizales pueden navegar libremente en zonas exclusivas económicas de Nicaragua.